Viernes, 05 Diciembre 2025
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tribunal cuentas entradas

El alto tribunal considera que las aportaciones realizadas por simpatizantes fueron legales y no vulneraron la Ley de Financiación de Partidos Políticos.

  • Lancelot Digital

 

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia firme que anula la primera de las sanciones impuestas por el Tribunal de Cuentas al partido político VOX, por un importe de 238.000 euros. El fallo, fechado el 13 de octubre de 2025, estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la formación contra la resolución del órgano fiscalizador de 2024 y declara que las aportaciones recibidas para financiar acciones judiciales fueron legales, correctamente contabilizadas y no constituyeron donaciones finalistas prohibidas.

El Tribunal de Cuentas había sancionado a VOX por entender que las campañas de recaudación “Ayudemos a Borja” y la querella contra Quim Torra infringían la Ley Orgánica de Financiación de Partidos Políticos. Sin embargo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo concluye que el concepto de “donación finalista” carece de una definición legal precisa y que la actuación de VOX no vulneró el principio de tipicidad, esencial en materia sancionadora.

En su resolución, el alto tribunal “estima el recurso contencioso-administrativo nº 02/536/2024 promovido por el partido político VOX contra la resolución adoptada por el Pleno del Tribunal de Cuentas el 4 de julio de 2024, y anula la citada resolución”. Además, considera que el caso presentaba “serias dudas de derecho”, motivo por el que no impone costas a ninguna de las partes.

Con esta decisión, el Supremo deja sin efecto la sanción económica y sienta un precedente relevante sobre la interpretación de las donaciones realizadas a partidos políticos por parte de particulares para causas concretas, al exigir una mayor claridad normativa antes de poder aplicar medidas punitivas en este ámbito.

 

 


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