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Multas de hasta 50.000 euros por sortear peces en las ferias

La reforma del Código Penal sobre el maltrato animal castiga "utilizar animales como objeto de recompensa, premio, rifa y promoción"

 

  • Lancelot Digital
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    Se acabó regalar peces como premios en las ferias. De hecho, quienes lo hagan, a partir de la entrada en vigor de la nueva ley de Bienestar Animal, que reforma la que estaba vigente desde 1995, se enfrentarán a multas de entre 10.001 y 50.000 euros. La reforma penal introducida por el nuevo texto aprobado por el Congreso de los Diputados el pasado 9 de febrero considera como infracción de nivel grave “utilizar animales como objeto de recompensa, premio, rifa, promoción”, tal y como publica Diario de Avisos.

     

    Son varias las casuísticas sancionables que han levantado las críticas al nuevo texto, conocido también como ‘Ley Belarra’, por ser la ministra con el mismo nombre la principal impulsora del proyecto legal. Por ejemplo, en la misma categoría “grave”, es decir, con multas hasta 50.000 euros, se encuentra “utilizar animales como reclamo publicitario sin autorización”, “no cumplir las obligaciones de identificación animal” o “la retirada, reubicación o desplazamiento de gatos comunitarios”.

     

    En este capítulo entra, además, “no denunciar la pérdida o sustracción del animal o no recogerlo de los centros veterinarios, las residencias u otros establecimientos similares en los que los hubieran depositado previamente, pese a no conllevar riesgo para el animal”.

     

    También es una infracción grave “alimentar a los animales con vísceras, cadáveres y otros despojos procedentes de animales que no hayan superado los oportunos controles sanitarios” o “mantener de forma permanente perros o gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos”.

     

    La comisión de más de una de estas infracciones graves en el plazo de tres años, pasaría a considerarse una infracción “muy grave”, categoría cuyas sanciones oscilan entre los 50.000 y los 200.000 euros.

     

    Matar a un ratón

     

    Otro puntos polémico de la ley es la unificación de los tipos delictivos en una única categoría animal, la del “animal vertebrado”. La ley pretendía así evitar la discriminación de los animales silvestres frente a los domésticos, que sí estaban protegidos por la anterior legislación. Pero con la introducción de esta categoría única, la de los vertebrados, se pueden dar casos como que matar a un ratón salvaje, a una rata o a una serpiente en una casa de campo con medios personales conlleve penas de prisión.

     

    “A través de la presente reforma, siguiendo los pasos de los legisladores alemán y británico se incluye en nuestro ordenamiento jurídico la expresión “animal vertebrado”, que sustituye y amplía la lista tasada de animales protegidos por el actual Código Penal. De este modo, no únicamente los animales domésticos, domesticados, o que convivan con el ser humano verán su integridad física y emocional salvaguardada por la norma penal, sino que a ellos se añaden los animales silvestres que viven en libertad“, reza el texto del dictamen de la Comisión del pasado 18 de enero.

     

    Por ejemplo, matar a cualquier vertebrado usando un arma con ensañamiento -es decir, usando alguna herramienta como una escoba y dando varios golpes- acarrearía una pena de 12 a 18 meses de prisión. Matarlo sin ensañamiento, entre 6 y 12 meses, mientras que el maltrato está penado con hasta 12 meses de privación de libertad, en caso de que las lesiones producidas requieran atención veterinaria y haya una denuncia de por medio.

     

    La instalación de trampas para roedores u otro tipo de vertebrados también se incluyen en las categorías anteriores como herramientas para hacer daño a los animales. La única forma para acabar con este tipo de plagas, sería contando con la ayuda de equipos especializados.

     

    La parlamentaria popular Milagros Marcos Ortega, responsable de Agricultura del PP en el Congreso de los Diputados y ponente ante la ley de Bienestar Animal en toda tramitación señala otros supuestos negativos de la ley, como por ejemplo, la protección de las colonias felinas.

     

    “Según un estudio en Estados Unidos, las colonias felinas matan al año 22.000 animales y eliminan la fauna autóctona. En 2007, un brote de leucemia en una colonia felina casi termina con la población de linces de Doñana. Esta ley promueve las colonias felinas con gatos callejeros, no permite hacer nada con ellos. Y luego tiene cosas contradictorias, como que todos los gatos tienen que estar esterilizados y responsabiliza de ello a los propietarios… Pero, ¿qué pasa con los gatos que no tienen dueño?”, dice, en declaraciones a este periódico.

     

    La diputada señala otros casos potencialmente polémicos, como por ejemplo el hecho de que la ley ‘blinde’ a las palomas, aún cuando supongan un riesgo para la conservación del patrimonio: “Si tenemos a 7.000 palomas que afectan a un edificio histórico y protegido tampoco podemos hacer nada, es un despropósito”.

     

    Marcos Ortega asegura igualmente que la ‘Ley Belarra’ supone igualmente un peligro para la salud pública porque, por ejemplo, tampoco deja sacrificar a los animales a no ser que sea por motivo de eutanasia o de la salud del propio animal y que esta no sea recuperable. “Es decir, que en el caso de que un animal tenga una enfermedad contagiosa que a él no le afecta, pero la pueda transmitir a humanos, como es el caso de la zoonosis, no se puede sacrificar”, afirma.

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