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Fidel Castro y Manuel Hermoso en el año 1996 desconocían la Ley del Mar de NU

Por Bruno Perera

 

El 15 de junio de 1996, Fidel Castro por una necesidad de escala técnica de un aparato de Cubana de Aviación aterrizó en la isla de Tenerife (Canarias), donde permaneció unas 21 horas y fue agasajado por el entonces presidente canario Manuel Hermoso del partido CC.

 

Ver vídeo de una de las entrevistas que medios de comunicación hicieron a F. Castro y a M. Hermoso.

https://www.youtube.com/watch?v=cmaBkggSNWI

 

De lo que comentan en el vídeo que adjunto, F. Castro y M. Hermoso, se capta que ambos eran ignorantes de la Ley del Mar de NU.

 

En el vídeo le dice M. Hermoso a F. Castro que las aguas marítimas habidas entre las Islas Canarias son aguas internacionales por causa de que no somos un Estado independiente, y que por ello vienen japoneses, coreanos y otros a pescar en dicho mar. F. Castro contesta y da a entender que en todo caso las aguas habidas entre Marruecos y Canarias se podrían dividir como lo hace Cuba con Jamaica. M. Hermoso le responde que entre Canarias y Marruecos no se puede dividir esas aguas porque Canarias no es un Estado, y que estamos a una distancia de unas 50 millas náuticas del Sahara. F. Castro vuelve a preguntar: ¿En qué tratado se estipula tal acuerdo? M. Hermoso responde:”no lo sé, pero estamos en ello”.

 

Ver noticia de la visita de Fidel Castro a Canarias:

https://www.abc.es/espana/canarias/abci-visita-fidel-castro-canarias-donde-sintio-como-descendiente-guanches-201611261319_noticia.html

 

De lo que se discute en el vídeo ustedes podrán captar que tanto F: Castro y M. Hermoso desconocían que la Ley del Mar no concede a Canarias mar de Zona Económica Exclusiva 200 millas náuticas, donde entran las aguas jurisdiccionales=territoriales, porque nuestro archipiélago no es un Estado Archipelágico.

 

La Ley del mar expone bien claro que, únicamente poseen derecho a ZEE las naciones Ribereñas, también llamadas naciones continentales, y los Estados Archipelagicos, y que estas aguas se medirán hacia mar adentro a partir de las líneas rectas que se trazan entre los puntos más sobresalientes de cada costa de cada Estado Archipelágico, o nación ribereña=continental, pero cuyas líneas rectas habidas entre los puntos no pueden exceder más de 125 millas náuticas de longitud.

 

 

Para comprender mejor los detalles relacionados con lo último que he expuesto que es algo más complicado que unas cuantas palabras:

 

Ver: PARTE IV ESTADOS ARCHIPELÁGICOS artículo 46. Ley del Mar.

http://www.un.org/depts/los/convention_agreements/texts/unclos/convemar_es.pdf

 

Por otra parte, durante la guerrilla petrolífera que surgió en Canaria contra el Estado español y Repsol, más o menos a partir del 2013, he venido informando que Canarias no es un Estado Archipelágico, y que por lo tanto las aguas donde se hallaba el supuesto petróleo eran aguas internacionales de cuales España se presentaba como dueña basando su supuesta propiedad en un acuerdo que había concertado con Marruecos, pero que no estaba avalado por La Ley del Mar de NU. Por ello siempre dije que para que Canarias pudiera obtener algo de aguas marítimas, debía presentar una reclamación vía el Gobierno español ante Naciones Unidas para así quizás después de un complicado litigio tal vez pudiéramos obtener como máximo lo mismo que obtuvo postre 1992 el archipiélago francés de San Pierre y Miquelón localizado en Terra Nova, que consiguió de NU, 12+ 12 millas náuticas de aguas jurisdiccionales=territoriales, más un pasillo de mar de ZEE de 10,5 millas náuticas de ancho por el largo de 200 m/n de ZEE.

 

Ver en la parte política de este enlace el litigio presentado por Francia ante NU:

https://es.wikipedia.org/wiki/San_Pedro_y_Miquel%C3%B3n

 

Final. La mayoría de los políticos canarios desconocen la Ley del Mar y otros por interés político hacen la vista gorda al complicado problema; y casi todas las naciones que poseen archipiélagos distantes añaden aguas de ZEE a sus archipiélagos, pero sin la autorización de Naciones Unidas. Es a causa de todo este conflicto que las aguas marítimas que podrían pertenecer a esos archipiélagos de esas naciones, e incluso al canario, se encuentren en el limbo de la legalidad política y normas jurídicas internacionales.

 

 

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