Domingo, 14 Diciembre 2025
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ME LO HA DICHO MI ABOGADO. Por José Ignacio Sánchez Rubio, abogado y economista

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Dulce sustantivo este de las vacaciones. Como cada año, llega esta época en que la mayor parte de Uds. abandonan sus ocupaciones habituales, y se dedican, durante unos cuantos días al ejercicio de la molicie, esa no ocupación que los italianos, en sentido positivo denominan el dolce far niente.

Lo de referirme a ustedes no ha sido un lapsus lingüístico. Lo señalo así porque un año más, no he hecho bien los deberes, y vuelvo a estar castigado sin vacaciones. Esta afirmación es sin embargo, al igual que el caso de otros muchos de ustedes, extensiva de otros motivos, entre los que la situación económica general figura en los primeros lugares del ranking.

Pero a lo que vamos. Llegan las vacaciones y la vida de la mayoría de ustedes cambia transitoriamente. Primero, es la preparación del viaje. Ya Homero, en La Odisea, ponía en boca de su personaje Ulises aquellas reflexiones previas a su viaje a Itaca: “La verdadera emoción de un viaje, está en la preparación…”

Y como esta página, en la que Lancelot me permite colaborar, se dedica esencialmente a darles consejos prácticos de orden jurídico, desearía esta vez hacerles una serie de sugerencias, para evitar que ese ansiado viaje, se torne en tortura de amargo recuerdo.

En buena medida, gracias a las vacaciones, tienen su razón de ser muchos puestos de trabajo creados, en multitud de ocasiones con carácter temporal, para dar servicio a viajeros vacacionales. Así, la actividad que gira alrededor de las vacaciones, mueve una autentica montaña de elementos económicos, que comienzan con las agencias de viaje y terminan con el transporte de vuelta a casa.

Pero no todas los intervinientes externos en este proceso de preparación y desarrollo del viaje son trigo limpio. Debido en muchos casos a la incorrecta gestión de estos intervinientes o mediadores, y en otros a la desmedida ambición de algunos de ellos, favorecida por el interés del viajero en disfrutar al máximo gastando el mínimo, se producen verdaderas transgresiones del derecho, de los que son destinatarios personales los viajeros.

El riesgo comienza con la contratación del viaje. Estadísticamente, en su mayoría, el viajero vacacional prefiere el paquete de vacaciones, esa modalidad de viaje organizado, en que la agencia mediadora se lo da todo contratado, a cambio de un precio cerrado que, en ocasiones incluso, el viajero escaso de recursos puede financiar en cómodos plazos mensuales.

Son incontables los casos en que, la agencia de viajes interviniente se ha quedado con el dinero del viajero, aplicándolo a finalidad distinta, por lo que, cuando el ilusionado vacante va a iniciar su estadía, se entera de que no tiene contratado ese viaje.

Otras veces, resulta que habiendo sido contratado un servicio intermedio (desplazamiento a aeropuertos, avión, hotel…), en el momento de inicio de la utilización prevista, el servicio no está disponible por contingencias diversas, entre las que cabe destacar ese invento moderno que se denomina overbooking, sin descartar huelgas de personal que, en épocas vacacionales, surgen como setas en primavera.

Y, para no aburrirles mas a ustedes, la constatación, in situ, de que lo que les ofrecían cuando contrataron aquel maravilloso viaje y la realidad que reciben, se parecen como un huevo y una castaña, que suele decirse. En este último caso, además, el efecto demoledor que percibe el viajero cuando contrasta la imagen real del avión u hotel, con la que había alimentado su fiebre de vacaciones hasta ese momento, torna su, hasta entonces animoso espíritu, en una suerte de situación depresiva que termina haciéndole añorar las comodidades de su casa que dejó atrás, con el añadido de la aparente lentitud con que transcurre el tiempo de vacaciones mientras dura aquella tortuosa aventura.

Pues bien, en la mayoría de estos casos, lo que jurídicamente se ha producido es una defraudación de las expectativas del viajero que le produce una serie de perjuicios de naturaleza física y moral.

La solución que a estas eventualidades le da el derecho, es la compensación que, por la vía de daños y perjuicios, merece recibir el viajero defraudado.

Rara vez resulta aplicable el derecho penal al tratamiento de estas conductas abusivas, aunque se dan casos en que dichas actuaciones son claramente constitutivas de un delito patrimonial. Como los primeros problemas que aparecen a la hora de reclamar son lo costoso de la reclamación y la lentitud de su resolución, la primera de las sugerencias que les hago es que huyan de las gangas vacacionales. Cuando a usted le ofrecen, por ejemplo, un viaje en avión a New York por 15 o 20 €., hay muchas posibilidades que se quede usted sin dinero y sin viaje. Y claro, por poco que le cueste a ustedes reclamar, mas que esos 15 o 20 euros se va a gastar.

La segunda recomendación, es que conserve usted cualquier documentación relativa al viaje; por supuesto la factura y el recibo de pago, pero además el contrato, folletos, mapas…

Y, por último, aunque le resulte oneroso, contrate usted un buen seguro de viaje, de forma que, en caso de incumplimientos, pueda usted recuperar más fácilmente los daños y perjuicios sufridos.

Y nada más; que Dios reparta suerte, como dicen los taurófilos.


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