Lunes, 16 Febrero 2026
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Repetición de la historia: la burocracia y la lentitud judicial precintan de nuevo un negocio de Grupo VIP Fuerteventura, con 8 familias afectadas y riesgo de quiebra

Álvaro Sanz del Campo

 

El bar-cafetería “El Patio del Cuartel”, concesión administrativa otorgada por el Ayuntamiento de Puerto del Rosario para la explotación del servicio en la Plaza Millares Sall durante 4 años, permanece precintado desde el pasado 20 de enero de 2026. El motivo alegado por la administración: supuestos incumplimientos del pliego de licitación, entre ellos la falta de licencia de apertura.

Desde esa fecha, la actividad está totalmente paralizada pese a que la empresa concesionaria, Grupo VIP Fuerteventura S.L., representada por su propietario Álvaro Sanz, ha presentado recurso contencioso-administrativo solicitando la adopción de medidas cautelares para levantar el precinto mientras se resuelve el fondo del asunto. El Juzgado de lo Contencioso- Administrativo número 2 de Las Palmas rechazó la suspensión cautelar mediante auto de 5 de febrero de 2026, manteniendo el cierre preventivo. No obstante, dicho auto ya ha sido recurrido por la empresa, haciendo constar, entre otros preceptos legales, la omisión por parte del Ayuntamiento en el expediente remitido al juzgado de documentación que consideramos esencial para nuestra defensa –una artimaña similar a la ya empleada en el contencioso administrativo de la discoteca Buda–.

El empresario asegura haber cumplido ya con los supuestos incumplimientos requeridos, a pesar de que algunos de ellos resultan absurdos. En cuanto a la licencia de apertura, no se dispone de ella todavía, como ocurre con el 90% de los negocios en Puerto del Rosario, que ejercen su actividad con comunicación previa como título habilitante reconocido por la ley. En este caso, la comunicación previa fue presentada el 23 de enero de 2026. Además, al dictar el precinto, no se dio audiencia previa al interesado, contraviniendo lo establecido en la sentencia del STSJ de Madrid de 28 de enero de 2015, que requiere dicha audiencia salvo en casos de urgencia.

Asimismo, la STSJ de Canarias de 5 de diciembre de 2011 aborda la ausencia de licencia cuando esta es legalizable o se encuentra en trámite –como era el caso–, y resalta el principio de confianza legítima al desempeñar una actividad con pleno conocimiento del Ayuntamiento.

Este hecho es evidente: el Ayuntamiento era conocedor de la inauguración el 2 de octubre de 2025, y existe un acta de inicio de prestación de servicios firmada entre el Ayuntamiento y la empresa.

A esto se suma una aparente motivación que va más allá de salvaguardar el interés general, como defiende el Ayuntamiento. En fechas recientes, a través de una nota de prensa publicada por el Ayuntamiento y firmada por su alcalde, Sr. David de Vera (27 de enero de 2026), y en una entrevista de la concejal de Urbanismo, Ana Hernández, en un medio local, se vertieron mentiras, inexactitudes y calumnias con el objetivo de desprestigiar a la empresa y a su propietario, Álvaro Sanz, mientras se intentaba lavar la imagen del consistorio. Entre otras falsedades, se sacó a relucir un supuesto acta policial del 3 de octubre de 2025 –un día después de la inauguración– afirmando que no existía licencia ni seguro de responsabilidad civil, algo totalmente falso: la póliza fue firmada con Mapfre con fecha anterior a la inauguración y, lo que es más grave, comunicada al Ayuntamiento mediante registro en su sede electrónica. Además, en esa misma nota de prensa firmada por el alcalde, se habla de un “peligro grave para los clientes” por la existencia de bombonas de gas, cuando el Ayuntamiento también sabe –por registro en la sede electrónica– de la existencia de dichas bombonas con el correspondiente boletín firmado por ingeniero competente y presentado en Industria del Gobierno de Canarias.

Este no es un caso aislado para el empresario. Hace años, la discoteca Buddha (conocida anteriormente como Camelot), también regentada por Grupo VIP Fuerteventura, sufrió un precinto de 5 meses por carecer de título habilitante para ejercer la actividad de discoteca. Tras un largo contencioso-administrativo, la sentencia judicial dio la razón a la empresa, reconociendo dicho título habilitante y desestimando la actuación municipal. Sin embargo, la resolución llegó tarde: el negocio ya había sufrido daños irreparables y tuvo que cerrar definitivamente. La concejal Ana Hernández reconoce la pérdida del contencioso por parte del Ayuntamiento, pero miente o minimiza sus consecuencias al afirmar públicamente que “no hay nada que indemnizar”, cuando un precinto injusto de 5 meses sí genera perjuicios graves y cuantificables que, en última instancia, acabará pagando la ciudadanía a través de posibles indemnizaciones, costas procesales o responsabilidades patrimoniales.

“Esto se repite: la Administración actúa con rapidez para precintar, pero la justicia y los trámites para revertirlo son exasperantemente lentos. No es solo mi caso actual con El Patio del Cuartel, donde 8 familias han perdido su empleo y la empresa roza el concurso de acreedores; es un patrón que ya viví con la discoteca Buda, donde ganamos el juicio, pero perdimos el negocio tras 5 meses de precinto injusto. He subsanado los incumplimientos, presenté la comunicación previa como título habilitante, y se vulneraron principios básicos como la audiencia previa y la confianza legítima, con el Ayuntamiento conocedor de todo desde la inauguración. Ahora, además, se suman mentiras en notas de prensa y entrevistas, como la falsedad sobre el seguro de Mapfre que sí existe y fue comunicado, o el supuesto ‘peligro grave’ por bombonas de gas que cuentan con boletín de ingeniero presentado en Industria y registrado en la sede electrónica del Ayuntamiento. Estas afirmaciones buscan dañar mi imagen y la de mi empresa sin base real. El auto de 5 de febrero ya ha sido recurrido, denunciando la omisión deliberada de documentación esencial en el expediente municipal –la misma artimaña que usaron en el caso Buda–. Si el alcalde David de Vera firma una nota de prensa con mentiras como estas, que ponen en riesgo la reputación de un emprendedor local y generan alarma innecesaria, entonces debería dimitir por responsabilidad política y ética. Y si la concejal Ana Hernández minimiza las consecuencias de un precinto injusto de 5 meses diciendo que no hay nada que indemnizar, cuando claramente sí las hay, y no lo ve como incompetencia grave, para qué: que dimita mañana por incompetencia”, declara **Álvaro Sanz**, propietario de Grupo VIP Fuerteventura S.L.

El establecimiento, que operaba como un espacio de referencia para desayunos, comidas, cenas y copas en un entorno abierto y con vistas al mar, generaba dinamismo en la plaza pública y cumplía con su función social y económica en la zona. La medida cautelar de cierre ha supuesto pérdidas económicas graves y la imposibilidad de atender a clientes habituales y turistas en plena temporada.

Este caso ilustra un problema recurrente en España, especialmente en islas como Fuerteventura: la rapidez con la que se adoptan medidas cautelares administrativas (como precintos) contrasta con la lentitud de los procedimientos judiciales y administrativos para revisarlas o subsanarlas, generando perjuicios desproporcionados a autónomos y pequeñas empresas, mientras el gasto público en burocracia sigue creciendo sin resolver estos atropellos.

Álvaro Sanz hace un llamamiento directo a las administraciones locales y autonómicas para agilizar estos procesos y a la fiscalía para investigar posibles patrones de actuación arbitraria y proteger el tejido productivo de las islas, especialmente en sectores como la hostelería que dependen de la confianza y la continuidad.

*Propietario – Grupo VIP Fuerteventura S.L./ Up & Up Servicios 2023 S.L.


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