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¿Cómo hacer un Contrato de préstamo entre particulares sin intereses?

 

  • Lancelot Digital
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    Cuando necesitamos dinero, podemos pensar en la posibilidad de pedirle un préstamo al banco. El asunto es que esto puede tardar demasiado y los intereses son muy altos. Por eso podemos pedir el dinero a un amigo o familiar. Pero para ello es indispensable que se celebre un contrato de préstamo entre particulares y hoy te contaremos cómo se hace.

     

    ¿Qué debe incluir un contrato de préstamo entre particulares sin intereses?

     

    Aunque pueda parecer que estos contratos sean demasiado informales, lo cierto es que no. La verdad es que tienen pocas variaciones y algunos elementos que no deben faltar, como por ejemplo:

     

    Fecha

     

    Todos los contratos de este estilo deben tener fecha. Se incluirá el día, mes y año en el que se ha hecho la firma del acuerdo para saber a partir de qué comento se ha adquirido la deuda y el compromiso de pago bajo las condiciones que el documento estipula.

     

    Datos de las partes

     

    En este contrato intervienen dos partes, una de ellas es el prestamista que puede ser un amigo o hasta un familiar y es quien da el dinero en préstamo. La otra parte será el prestatario, este será el que reciba el dinero e igualmente puede ser un amigo o familiar.

     

    Información sobre la relación de las partes

     

    Como es un préstamo entre particulares, es importante que se mencione la relación que mantienen las partes. Por ejemplo, si es un padre que le está prestando dinero a un hijo, se dejará clara la relación.

     

     

    Porcentaje del préstamo

     

    Es importante especificar el porcentaje de interés del préstamo. Si bien es un préstamo sin porcentaje, no quiere decir que deba dejarse de lado este dato. Se debe mencionar que es un préstamo de interés 0%

     

    Importe del préstamo

     

    Aquí deberá escribirse con exactitud la cantidad que se prestará, y por supuesto la que se devolverá, que será la misma que se ha prestado pues no se le aplicarán intereses.

     

    Plazos de pago

     

    El plazo que se establezca dependerá de varios factores, uno de los más frecuentes es la negociación que hayan hecho las partes, pero también es relevante establecer un plazo que sea realista. Esto quiere decir que si el prestamista tiene 70 años, el plazo no puede ser de 30 años, pues se trataría de un acuerdo ficticio y que nunca se devolverá el dinero completo.

     

    Además, se debe especificar cuál será el método de entrega del dinero. Podría tratarse de transferencias bancarias o movimientos. Cuál sea, quedará a consideración de las partes, pero debe mencionarse aquí.

     

    Cláusulas

     

    Las cláusulas que se incluyan en el contrato dependerán de los acuerdos que hayan pautado las partes. Por ejemplo, se puede crear una de posibilidad de amortización o también una de pago adelantado de la deuda antes de que se complete el plazo establecido.

     

    Otra cláusula que puede ser bastante útil es la de las acciones a tomar si es que se da el impago del préstamo. Así el prestamista sabrá cómo actuar si el prestatario incumple el acuerdo.

     

    ¿Este contrato debe firmarlo un notario?

     

    No necesariamente. La información que hemos encontrado en la contratopedia sobre sus modelos descargables aseguran que este tipo de contratos pueden ser firmados por un notario, pero esto no es obligatorio. Así que las partes tienen la alternativa de celebrar el contrato en privado.  

     

    ¿Qué se hace luego de celebrar el contrato?

     

    Si bien este contrato puede celebrarse de forma privada y no tiene intereses, es indispensable que una vez se firme, sea presentado ante Hacienda. Esto se hará con el modelo 600 con el objetivo de autoliquidarse en el (ITP) que es el impuesto de transacciones patrimoniales y el (AJD) que es el de actos jurídicos documentados.

     

    De las dos partes que forman parte del acuerdo, será responsabilidad del prestatario hacer la presentación de este modelo ante hacienda. Además, tendrá un plazo máximo de 30 días para hacer la presentación. Este plazo comenzará a contar a partir de la celebración del contrato y de la recepción del dinero.

     

    Y en cuanto al lugar de presentación, este se hará en la delegación de hacienda que corresponda a la comunidad autónoma en la que vive el prestatario, es decir, quien recibe el dinero.