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Nueva ley de protección animal: ¿debo hacer un curso para tener perro?

Se prohíbe la comercialización de animales en tiendas de mascotas

 

  • Lancelot Digital
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    Este viernes fue aprobado por parte del Consejo de Ministro el anteproyecto de ley de protección animal, la primera en España en proteger los derechos de los animales, y que armonizará las diversas iniciativas que se han llevado a cabo desde las comunidades autónomas.

     

    Dos meses después de que el Congreso de los Diputados declarara a todos los animales "seres sintientes" llega esta ley impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, que responde, según la ministra Ione Belarra, a la "creciente sensibilidad" que existe en nuestro país. 

     

    El texto se centra en los animales de compañía, para los cuales prevé crear un listado positivo en el que se incluirán aquellos animales que cumplan una serie de requisitos, como que sean “fáciles de mantener en cautividad” o que sus alojamientos “reúnan las condiciones para que puedan desarrollar adecuadamente sus necesidades fisiológicas, etológicas y ecológicas básicas”.

     

    La tauromaquia, al estar protegida a nivel constitucional como patrimonio cultural, no se regula en esta ley.

     

    Las claves del anteproyecto de la nueva ley de protección animal

     

    Venta de animales

    Se prohíbe la comercialización de animales en tiendas de mascotas, donde tampoco se podrán exponer al público, y se limita la venta a los criadores profesionales autorizados para la cría; mientras que la cesión de animales entre particulares deberá ser “en todo caso, gratuita y quedar reflejada por contrato”.

     

    Curso para tener mascotas

    Quienes deseen adoptar o adquirir un animal de compañía, deberán cursar primero una formación en tenencia responsable reglamentada que eduque al potencial dueño en la convivencia que garantice el bienestar del animal.

     

    Multas

    El texto fija diferentes niveles de sanción en caso de infracciones: para las leves, la multa podrá ser de entre 600 y 30.000 euros; para las graves, entre 30.001 y 100.000 euros; y, para las muy graves, entre 100.001 y 600.000 euros.

     

    Inhabilitación

    Las personas que vulneren las medidas contempladas en la ley podrán además ser inhabilitados para la tenencia y para las actividades relacionadas con animales (cría, comercialización, asistencia veterinaria, etc) entre cinco y diez años, si la infracción es muy grave.

     

    Fin a la exhibición

    Se prohíbe la exhibición de animales para fines comerciales, así como su participación de animales en cabalgatas, belenes y procesiones; mientras que se regula su aparición en romerías y ferias y se impone la asistencia en los concursos de, al menos, una persona licenciada o con grado en veterinaria y una persona con titulación de auxiliar veterinario para atender al animal.


    Colonias felinas

    Se reconocen los gatos comunitarios en ciudades y pueblos como colonias felinas que deberán gestionarse de manera ética, responsabilidad que recae sobre los ayuntamientos, si bien las comunidades autónomas deberán establecer protocolos marco.

     

    Sacrificio

    Queda absolutamente prohibido el sacrificio de animales de compañía -quedan excluidos, por tanto, los de explotación ganadera-, salvo la eutanasia "justificada bajo criterio y control veterinario con el fin único de evitar su sufrimiento".