Sábado, 04 Abril 2026
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/ Lea la sentencia

Lancelot Digital

Un hombre natural y residente en Arrecife ha sido condenado por la Audiencia Provincial de Las Palmas a 17 años de prisión, al haberlo encontrado culpable de los delitos de agresión sexual y violencia en el ámbito doméstico contra sus hijos, ambos menores de edad cuando ocurrieron los hechos.
El condenado, José Miguel, comenzó con las vejaciones a su hija cuando ésta tenía 14 años de edad, en el año 2003. Cuando la niña estaba sola, el encausado le obligaba a acariciarle el pene y a desnudarse y tumbarse en la cama, al tiempo que le efectuaba “tocamientos en el pecho y le introducía los dedos en la vagina, obligando a masturbarlo hasta que eyaculara”, según lo que la Justicia considera como hechos probados.
El auto agrega que “en dos ocasiones, el procesado intentó penetrarle vaginalmente con el pene”, pero no logró su propósito porque la chica consiguió zafarse de su padre-
Las agresiones sexuales de José Miguel a su hija se prolongaron durante cuatro años, hasta que en el año 2007 la menor buscó “refugio en casa de su abuela materna”.
En el juicio, la concubina del condenado y madre de la niña, negó la agresión sexual, argumentando que la niña presentó la denuncia porque se llevaba mal con su padre, un testimonio al que la audiencia no dio credibilidad alguna.

Violencia
Además de las mencionadas vejaciones sexuales, José Miguel también agredía tanto a la niña como a su hermano, seis años menor que ella, y al que obligaba a trabajar desde los ocho años de edad. Según el testimonio de la abuela de ambos, “los niños no tenían infancia y hacían labores que no eran propias de su edad”.
Otros testigos también dieron cuenta de brutales palizas y castigos infringidos con reiteración al menor por parte de su padre, algunas veces incluso delante de visitas.

Condena
Por todo ello, la Audiencia ha encontrado a José Miguel culpable, por un lado, de un delito continuado de agresiones sexuales, por lo que le ha impuesto una condena de 14 años y seis meses de prisión, inhabilitación absoluta durante ese período, y la pena accesoria de prohibición de aproximarse a menos de 500 metros y comunicarse con su hija por cualquier medio, en el plazo de 20 años.
Por otra parte, se le ha encontrado culpable del delito de violencia habitual en el ámbito doméstico, por lo que se le ha impuesto una condena de dos años y medio de prisión, y la misma prohibición de aproximarse a menos de 500 metros y comunicarse tanto con su hija como por su hijo, por cualquier medio, en el plazo de 5 años.


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