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¿Cuáles son las obligaciones de la Ley de Bienestar Animal?


La normativa entra hoy en vigor y deja a su paso muchas incógnitas

 

  • Lancelot Digital
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    La entrada en vigor de la ley de Bienestar Animal ha generado mucho revuelo por la gran cantidad de cambios que conlleva, aunque muchos de ellos no se aplicarán hasta final de año, cuando el Gobierno haya definido las normas al completo.

     

    Las medidas más llamativas son las relacionadas con la obligación de realizar un curso de formación o la de tener un seguro de responsabilidad civil, pero no son las únicas.

     

    Queda prohibido dejar a un animal solo en casa, durante más del límite establecido. "Dejar sin supervisión a cualquier animal de compañía durante más de tres días consecutivos; en el caso de la especie canina, este plazo no podrá ser superior a veinticuatro horas consecutivas", señala la Ley. Además también se prohíbe  "mantener de forma habitual a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos".

     

    Todos los collares no están permitidos para los perros. "Se prohíbe el uso de cualquier herramienta de manejo que pueda causar lesiones al animal, en particular collares eléctricos, de impulsos, de castigo o de ahogo".

     

    No se puede sacrificar un animal salvo por motivos de seguridad de las personas o animales o de existencia de riesgo para la salud pública debidamente justificado por la autoridad competente. La eutanasia solamente estará justificada bajo criterio y control veterinario. Tampoco será posible eliminar el cadáver de un animal de compañía sin comprobar su identificación.

     

    No se puede mutilar a ningún animal (cortarles el rabo o las orejas), ni usarlos en peleas, ni mantenerlos atados o deambulando por espacios públicos sin la supervisión presencial por parte de la persona responsable. Tampoco se puede llevar a un animal atado a un vehículo de motor en marcha.

     

    Se prohíbe la cría comercial de cualquier especie de animal de compañía; la comercialización de perros, gatos y hurones en tiendas de animales y la comercialización, donación o entrega en adopción de animales no identificados y registrados previamente.

     

    Además los propietarios deben mantenerlos en buen estado de salud e higiene y es preciso adoptar las medidas necesarias para evitar que su tenencia o circulación ocasione molestias, peligros, amenazas o daños a las personas, otros animales o a las cosas. También se exige que se tomen las medidas precisa para evitar la reproducción incontrolada de los animales de compañía.

     

    Por supuesto, la Ley exige evitar que los animales depositen sus excrementos y orines en lugares de paso habitual de otras personas, el facilitarles los controles y tratamientos veterinarios precisos; identificarles con un chip y esterilizar a todos los gatos antes de los seis meses de edad, salvo a aquellos inscritos en el registro de identificación como reproductores y a nombre de un criador registrado.

     

    Por último, y ente otras medidas, habrá que comunicar a la administración competente y a su titular, la retirada del cadáver de un animal de compañía identificado.

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