Martes, 03 Febrero 2026
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Miles de casas tuvieron que salir de las plataformas digitales de alquiler

  • Lancelot Digital

 

La Federación de Asociaciones de Propietarios de Alquileres Vacacionales y Temporales (FAPAVAT) ha celebrado el respaldo de la Comisión Europea frente al sistema de doble registro impuesto a las viviendas turísticas en España, una medida que, según la organización, ha generado importantes perjuicios al sector.

El conflicto surge tras la aprobación del Real Decreto 1312/2024, de 23 de diciembre, que regula el procedimiento del Registro Único de Arrendamientos y la Ventanilla Única Digital para la gestión de datos de alquileres de corta duración. La norma, en vigor desde el 2 de enero de 2025, obliga a los propietarios de viviendas turísticas a inscribir sus inmuebles en un nuevo registro estatal gestionado a través del Registro de la Propiedad, además del ya obligatorio registro autonómico.

Desde FAPAVAT sostienen que esta duplicidad contraviene el Reglamento (UE) 2024/1028, que prohíbe que una misma vivienda turística esté sujeta a más de un procedimiento de registro. La organización recuerda que los alojamientos turísticos ya se encuentran inscritos en registros autonómicos, por lo que la exigencia de una segunda inscripción estatal generaría una carga administrativa adicional incompatible con la normativa europea, que tiene primacía sobre las leyes nacionales.

La Comisión Europea ha respaldado esta interpretación en un informe reciente, en el que concluye que el sistema español que exige un nuevo número de registro ante el Registro de la Propiedad vulnera el reglamento comunitario. Bruselas recuerda que la normativa europea establece que cualquier procedimiento de registro, ya sea nacional, regional o local, debe ajustarse a las disposiciones del reglamento sobre alquileres de corta duración y que, en ningún caso, un alojamiento puede someterse a más de un registro obligatorio.

Asimismo, el organismo europeo ha concedido al Gobierno español un plazo hasta el 20 de mayo de 2026 para eliminar la duplicidad administrativa en el registro de viviendas de corta estancia.

La decisión ha sido especialmente bien recibida por la Asociación Canaria del Alquiler Vacacional (ASCAV), impulsora de FAPAVAT, que considera este pronunciamiento como un respaldo a su recurso contra el Real Decreto 1312/2024, presentado ante el Tribunal Supremo tras la entrada en vigor de la norma. El procedimiento judicial se encuentra actualmente pendiente de sentencia.

Según las asociaciones de propietarios, la aplicación del decreto ha provocado la retirada del mercado de miles de viviendas turísticas que operaban dentro de la legalidad. El propio Ministerio de Vivienda ha informado de la eliminación de más de 86.000 inmuebles de las plataformas digitales de intermediación, un dato que el sector interpreta como consecuencia directa de la nueva regulación.

Las organizaciones también cuestionan la constitucionalidad de la norma al considerar que atribuye al Gobierno central competencias que corresponden a las comunidades autónomas en materia de regulación de alojamientos turísticos. Además, critican que la verificación de las viviendas recaiga en los registradores de la propiedad, dependientes del Ministerio de Justicia, lo que, a su juicio, supone una invasión competencial.

Desde FAPAVAT insisten en que el sector no rechaza la regulación ni la implantación de sistemas de control, pero defienden que cualquier marco normativo debe garantizar la seguridad jurídica tanto para los propietarios particulares como para los gestores locales de viviendas turísticas y de alquiler de corta duración.
 
 
 


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